Test de autoevaluación Lección 8. El ámbito subjetivo de las obligaciones tributarias
Este test está confeccionado para la autoevaluación de esta Lección. El test puede hacerse tantas veces como se desee. Cada vez que abres la página se cambia el orden de preguntas y el de las respuestas. Confeccionado con el programa Hot Potatoes 6 (freeware para cualquier uso)
Escoge la respuesta correcta para cada pregunta, haciendo click sobre la letra correspondiente.
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En caso de que una sociedad disuelta y liquidada limite la responsabilidad de sus socios:
Las obligaciones tributarias pendientes no se pueden transmitir si la sociedad no ha sido extinguida
Los socios responden de las deudas tributarias pendientes de la sociedad hasta el límite del valor de la cuota de liquidación
Los socios adquieren la condición de responsables solidarios
La responsabilidad tributaria:
Tiene carácter subsidiario, a menos que la ley establezca otra cosa
Siempre tiene carácter subsidiario, a menos que una norma reglamentaria establezca otra cosa
Siempre tiene carácter solidario, a menos que un precepto legal establezca otra cosa
Los obligados a realizar pagos a cuenta:
Siempre realizan un pago a cuenta de una obligación tributaria principal que en el futuro recaerá sobre un tercero
Están obligados al cumplimiento de la obligación tributaria principal
Cumplen una obligación tributaria propia e independiente
El responsable tributario de carácter solidario se caracteriza porque:
No tiene acción de regreso
Concurre con otros sujetos en la realización del hecho imponible y la Hacienda Pública puede dirigirse contra cualquiera de ellos para exigirles el importe total de la deuda tributaria
La Administración Tributaria puede dirigirse contra él a partir del momento en que ha transcurrido el periodo voluntario del que dispone el deudor principal
De los supuestos de responsabilidad solidaria que establece el artículo 42 LGT se desprende que:
Quienes colaboran activamente en la comisión de una infracción responden también de la sanción
Los partícipes en una entidad sin personalidad jurídica en todo caso tienen la condición de responsables tributarios
Quienes suceden en el ejercicio de una explotación económica por fallecimiento del anterior titular tienen la condición de responsables tributarios
Si una persona cambia de domicilio fiscal:
El cambio de domicilio no produce efectos mientras no sea comunicado a la Administración
Los procedimientos iniciados con anterioridad al cambio de domicilio pasan a tramitarse por el órgano administrativo competente por razón del nuevo domicilio
Las actuaciones realizadas por la Administración en el antiguo domicilio no son válidas
El obligado a soportar la retención:
Es una figura que cobra sentido en el ámbito de los impuestos indirectos
Se limita a desembolsar la carga tributaria que le repercute el retenedor
No está obligado frente a la Hacienda Pública
El responsable tributario:
Siempre responde después de que el obligado tributario principal haya tenido ocasión de satisfacer la deuda tributaria
Responde de la deuda tributaria después del sustituto pero antes que el contribuyente
Puede responder de la deuda tributaria antes que el sustituto
De los supuestos de responsabilidad subsidiaria que establece el artículo 43 LGT se desprende que:
Las personas que subcontratan la ejecución de una parte de la obra pueden ser responsables de las obligaciones tributarias del subcontratista
Los administradores concursales y los liquidadores de las sociedades son responsables cuando la sociedad ha cometido una infracción
Los administradores de hecho o de derecho son siempre responsables de las deudas tributarias de la sociedad
Según la LGT, el responsable tributario:
Responde únicamente de la obligación tributaria principal
Es la persona que se responde junto al sujeto pasivo
Es la persona que responde de la deuda tributaria en lugar del sujeto pasivo
Para que un asesor fiscal interponga un recurso administrativo en nombre del cliente ha de:
No ha de realizar ninguna actuación en particular porque la representación se presume concedida en este caso
Acreditar la representación a través de medio admitido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia personal del interesado ante el órgano administrativo
Acreditar la representación a través de cualquiera de los medios admitidos en derecho
La acción de reembolso que tiene el responsable tributario:
No comprende los intereses de demora y los recargos que haya podido generar la falta de cumplimiento por el propio responsable tributario
Puede no existir en determinados casos
Alcanza al importe total que ha desembolsado el responsable, con independencia del concepto al que corresponda
El sujeto pasivo:
Puede no estar obligado al cumplimiento de la obligación tributaria principal
Puede no soportar la carga tributaria en su patrimonio
Puede no estar obligado frente a la Hacienda Pública
Cuando una persona fallece:
Las obligaciones tributarias pendientes se transmiten a sus herederos, sin perjuicio de que puedan aceptar la herencia a beneficio de inventario
Las obligaciones tributarias pendientes se transmiten a sus herederos, siempre que la deuda se encuentre liquidada
Las sanciones tributarias se transmiten a sus herederos o legatarios de parte alícuota
Los obligados tributarios:
En todo caso se encuentran obligados frente a la Hacienda Pública
Pueden estar obligados únicamente al cumplimiento de deberes formales
Son siempre sujetos con personalidad jurídica
El domicilio fiscal de las personas jurídicas:
Es el domicilio social que aparece en los estatutos, con independencia del lugar en el que se realice su gestión administrativa y la dirección de los negocios
Es el lugar en el que se realiza la gestión administrativa y la dirección de los negocios, con independencia de lo que establezcan los estatutos sociales
Viene determinado, ante todo, por el lugar en el que se encuentra el inmovilizado de mayor valor
El sustituto:
Realiza el hecho imponible y está obligado al cumplimiento de la obligación tributaria principal
Desplaza totalmente al contribuyente de la relación tributaria
Está obligado en primer término frente a la Hacienda Pública, sin perjuicio de que posteriormente se resarza de los importes desembolsados, exigiendo su importe a la persona llamada a contribuir
La Agencia Estatal de Administración Tributaria se encarga de las actuaciones administrativas relacionadas con:
Los tributos estatales, autonómicos y locales cuyas competencias tiene atribuidas en virtud de ley o convenio
Las reclamaciones económico-administrativas que presentan los obligados tributarios
Todos los ingresos de naturaleza tributaria, con independencia de que pertenezcan a la Administración del Estado, las CCAA, las Entidades Locales o la Unión Europea
Según la LGT, las entidades sin personalidad jurídica que aparecen contempladas en el artículo 35.4 LGT:
Tienen la condición de obligados tributarios sólo cuando así lo establezca la ley reguladora del concreto tributo
No tienen la condición de obligados tributarios porque carecen de personalidad jurídica
Con carácter general tienen la condición de obligados tributarios
El responsable tributario:
Puede responder no solo de la obligación tributaria principal sino también de las obligaciones de realizar pagos a cuenta
Es una figura que sólo existe en el ámbito de los impuestos directos
Se encuentra relegada al ámbito de la Hacienda Local, donde fundamentalmente se la encuentra en los tributos que gravan la propiedad inmobiliaria
El obligado a repercutir:
Detrae una parte de la renta que está obligado a pagar a la otra parte para ingresarla a la Hacienda Pública
Cobra sentido únicamente dentro de los impuestos indirectos que gravan el consumo
Es una persona distinta del obligado principal frente a la Hacienda Pública
El alcance de la responsabilidad tributaria:
Con carácter general se limita a la deuda tributaria contraída dentro del periodo voluntario
Se extiende a los intereses de demora y, en su caso, a los recargos del periodo ejecutivo
No alcanza en ningún caso a las sanciones
El sustituto:
Puede exigir al contribuyente el importe de la obligación tributaria principal, los intereses de demora y recargos y las sanciones
Puede exigir al contribuyente sólo el importe de la obligación tributaria principal
Puede exigir al contribuyente el importe de la obligación tributaria principal, los intereses de demora y los recargos
El contribuyente:
No está obligado al cumplimiento de deberes formales sino únicamente al pago de la obligación tributaria principal
Tiene acción de regreso contra otros obligados tributarios
Siempre realiza el hecho imponible, aunque puede no soportar la carga tributaria en su patrimonio
Una persona puede adquirir la condición de obligado tributario:
Sólo cuando lo establezca una norma de rango legal
En virtud de pacto o convenio con otro sujeto que está obligado frente a la Hacienda Pública
Cuando lo establezca una norma reglamentaria o lo autorice la Administración